La desprivatización del servicio del agua en Puebla
Redacción
Ciudad de Puebla, Puebla, 19 de julio del 2024
Los vecinos y autoridades de la junta auxiliar de Santa María Acuexcomac y el colectivo “los doscientos libres” , derivado de nuestra experiencia en el rubro, consideramos que la solución a la crisis hídrica que padecemos atraviesa por la desprivatización del servicio en la entidad, tal y como habremos de expresarlos en el “Congreso analítico sobre el agua” convocado por la Benemérita Sociedad Mexicana de Geografía y Estadística a celebrarse a partir del 31 de julio y al que hemos sido invitados. El manantial de Santa María Acuexcomac que ha abastecido de agua a la capital del estado y a su zona conurbada ha quedado totalmente extinto. Los diversos procedimientos emprendidos por los vecinos y la autoridad auxiliar de la comunidad de Santa María Acuexcomac, asesorados por el abogado Atilio Alberto Peralta Merino, tienen por fin, además de resarcir el daño causado a la comunidad , revertir el proceso de privatización que ha resultado nefasto para nuestra comunidad y para los usuarios del servicio en su conjunto.
En consecuencia, hemos emprendido un procedimiento de reparación de daño patrimonial, debidamente respaldado por un peritaje de alto nivel a cargo del profesionista Rodolfo Solís Tovar que establece el daño causado en un monto de 3500 millones de pesos, debidamente levantado con plena solidez profesional a diferencia del falaz e inexistente peritaje actuarial invocado en fechas recientes para aducir una supuesta imposibilidad de rescindir el título de concesión que se encuentra actualmente en vigor.
Tras una primera reclamación por un monto que supera los 16 millones, es nuestro propósito presentar reclamaciones adicionales, hasta, de ser posible involucrar a toda la comunidad, en fechas próximas presentaremos la correspondiente a las áreas conocidas con “La Ciénega” y “ Ocho Surcos” por un monto cercano a los 40 millones de peses, en virtud de que las cuales en cuestión se vieron afectadas en la proclividad agrícola de sus huertos y en el cultivo piscícola de la carca a raíz de la extinción del manantial. presentaran otras reclamaciones más con el propósito de sumar a toda la comunidad Hemos también presentado juicios de amparo por falta de respuesta que, a instancia de los jueces de amparo, han sido ampliadas en sus agravios para hacer valer la transgresión al derecho de acceso al agua previsto en el Artículo 4° de la Constitución. Asimismo se han iniciado procedimientos actualmente en curso ante la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente y el Tribunal Federal de Justicia Administrativa; por lo demás, se formuló solicitud de intervención ante el H. Cabildo de San Pedro, Cholula solicitando a dicha autoridad que interponga demanda de controversias ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación de la que no se ha obtenido respuesta hasta al momento. Sabedores de que el Artículo 27 de la Constitución asigna a la federación el dominio directo de las aguas, contamos, no obstante, con un acuerdo entre las autoridades y la población de Santa María en el que aquellas quedaron comprometidas a no sobrexplotar el caudal del manantial al que terminaron por extinguir, título sobre el que descansan las promociones presentadas. Procedimientos que cuentan como fundamento en su conjunto un principio general de Derecho conocido como “Pacto Comisorio Tácito” y que se expresa en la siguiente fórmula: “la facultad de resolver las obligaciones está implícita en las recíprocas para caso de incumplimiento de una de las partes”. En consecuencia, tanto la federación, como las autoridades locales, teniendo el dominio de las aguas, al incurrir no obstante en el abuso de un derecho en contra de los expresamente pactado con la comunidad, se encuentran obligadas a resarcir el daño causado.
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