*A propósito de la pausada ley de “juez sin rostro”*
Después de un año y cachito en funciones, si algo hay que reconocerle a mi paisano, el senador Javier Corral, es que haya logrado frenar -aunque sea momentáneamente- en la Comisión de Justicia y de Puntos Constitucionales, la iniciativa de ley de “juez sin rostro” derivada de la Reforma Judicial, cuyo propósito es proteger la identidad de personas juzgadoras al resolver asuntos de delincuencia organizada.
Si bien es cierto que el objetivo es noble en esencia (salvaguardar la integridad de jueces y juezas), también lo es que a la justicia mexicana le ha tomado años despojarse del hermetismo que históricamente caracterizó a este Poder; costó trabajo, recusos y esfuerzos impulsar la apertura institucional, consolidar la publicación de sentencias en lenguaje ciudadano, acercar a las personas juzgadoras a la sociedad y, sobre todo, lograr que la gente conociera el rostro de quienes imparten justicia.
*Aprobar que se oculte esa identidad no es la solución*
Y no lo es porque significaría un retroceso en la transparencia de la impartición de justicia, sí, pero también porque México volvería a prender varias “red flags” internacionales en materia de Derechos Humanos, considerando los tratados de los que el país es parte.
*Los ejemplos internacionales son claros y poco alentadores*
Las experiencias en otros países al intentar implementar esta figura no han sido precisamente alentadoras:
*Perú*, en los noventa, aplicó jueces sin rostro para casos de terrorismo. El resultado fue una lluvia de recomendaciones internacionales, cuestionamientos por violaciones al debido proceso, sentencias revertidas y un descrédito enorme al sistema judicial.
*El Salvador* replicó modelos similares para delitos de pandillas. ¿El saldo? Señalamientos por opacidad, discrecionalidad, falta de garantías para las personas acusadas y una fractura en la confianza hacia las instituciones.
Es decir: lejos de fortalecer la justicia, estas medidas la debilitaron.
*Entonces… ¿qué se quiere?*
Que alguien nos explique -porque parece una contradicción mayúscula- que por un lado se busque “dar luz” al quehacer judicial con mecanismos más abiertos y de participación ciudadana, como la elección por voto popular (lo cual celebro), y por el otro se pretenda borrar el rostro de quienes tienen en sus manos juzgar delitos de alto impacto social.
No alcanza el argumento de “salvaguardar la vida”, no cuando en las calles hay miles de policías que de frente dan la cara por la seguridad de la ciudadanía.
Bajo esa lógica, entonces también tendrían que ocultarse las identidades de todas las personas funcionarias públicas relacionadas con seguridad y justicia que llevan casos de delincuencia organizada.
*Preguntas al aire…*
¿Dónde queda, entonces, la exigencia ciudadana de tener jueces y juezas cercanos a la gente? ¿A quién podría cuestionarse si un fallo de estos, por ejemplo, termina favoreciendo al Estado o afectando derechos? ¿Cómo se exige rendición de cuentas a alguien sin rostro?
*Lo que viene*
Será hasta febrero cuando la Cámara Alta retome la discusión del tema.
Ojalá las y los senadores regresen con nuevos bríos, con visión más amplia, y —sobre todo— con una iniciativa mejor pensada, que no vaya en detrimento de lo avanzado en materia de derechos humanos a nivel internacional.
La transparencia no se negocia: se construye, se defiende y se cuida. Los artículos de opinión son responsabilidad exclusiva de sus autores. @UnidadParlamentaria
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