Jorge Dimitrov


Por: Atilio Alberto Peralta Merino
Ciudad de Puebla, Puebla,14 de enero del 2026
La reciente resolución del senado de los Estados Unidos que restringe el uso de las fuerzas armadas en incursiones externas por parte del presidente, requiere de la aprobación de la Cámara de Representantes para convertirse en ley, en tal caso, estaríamos ante una situación que recuerda ampliamente el episodio de la incautación de las acereras por parte del Presidente Truman durante la Guerra de Corea.

El fallo de Corte elaborado por el magistrado Hugo Black, determinó en 1952 que, bajo la autorización otorgada por la Constitución al presidente en materia de política exterior, éste podía llevar a cabo acciones referentes a la defensa de los Estados Unidos de manera libre en algunos de sus aspectos, siempre que ello no fuese restringido por ley del congreso, otros en los que sólo podía actuar a determinación expresa de aquel, y otros cuantos que al efecto tendría del todo restringidos.

El caso “ Youngstown Sheet & Tube Co. v. Sawyer”, estudiado con especial acuciosidad por el profesor Edward Schwartz en su “Derecho Constitucional” al desentrañar los alcances con que fue ampliada durante los días del “New Deal” la denominada “cláusula de restricción al comercio interestatal”; se erige en un fallo que cobra en los días que corren especial relevancia; y cobra asimismo, y habrá de cobrar mayor enjundia la actuación de los tribunales y de jueces como Hugo Black, sobre todo, si el debate en ciernes es llevado a los tribunales acompañando por lo demás la tan anunciada como controversial acusación del departamento de justicia en contra del actual titular de la Reserva Federal.

Padre de la república de Italia por su decida participación en la asamblea constituyente de 1947, el jurista, político y orador Piero Calamndrei se hizo célebre, además de por sus diversos tratados en materia procesal, por su autoría de un opúsculo cuyo título, en no pocos de sus pasajes, se ve contrariado por el contenido del mismo: “El Elogio de los Jueces”.

En una etapa previa anterior, se escribió otro libelo que, pese a su relevancia conceptual, ha quedado prácticamente en el olvido; siguiendo los lineamientos de la “Crítica del Juicio”, Rudolf Stammler cataloga al sistema legal como un “juicio hipotético a posteriori” a diferencia del “hipotético a priori” que constituye la moral kantiana.

La definición de un orden legal al margen de consideraciones fácticas de orden sociológico e histórico siguiendo el pensamiento de Imanuel Kant, fue desarrollado en fechas posteriores por Hans Kelsen, quedando en el olvido la previa aportación que hiciera al respecto Stammler con breves años de antelación plasmada en su libro “El Juez”.

Hitler determinó la toma del control total de la judicatura, tras el proceso fallido seguido al activista comunista búlgaro Jorge Dimitrov , señalado por los fiscales del caso como causante de las llamas que devoraron el parlamento en Berlín, la filiación de Stammelr, cobró entonces una triste relevancia, al momento en que los nazis decidieron erigirse, precisamente, en “El Juez”.

La relación constante entre el valor de la “justicia” inaccesible al entendimiento como “nuómeno” en los considerandos kantianos, y la empírica actuación de los juzgadores en su cotidianidad inescindible ésta si de la costumbre y del desenvolvimiento socia, sería materia de reflexiones relativamente reciente por parte de John Rawls.

El discurso de Vicente Lombardo Toledano del 24 de febrero de 1936 en el que hace una larga referencia al proceso seguido contra Dimitrov y que pronunció con motivo de la asamblea inaugural de la Confederación de Trabajadores, es una verdadera joya de la retórica, digna de figurar acaso junto a los discursos de Roosevelt y de Churchill durante “La Guerra”, o con los de la antigüedad clásica pronunciados por Demóstenes o Ciceron.

Pocos recuerdan en los días que corren el incidente concerniente a un juicio que conmovió a la opinión pública mundial, tal como lo reseña con toda vivacidad, no sólo Lombardo Toledano, sino en fechas un tanto más recientes el historiador norteamericano Howard Zinn; pero nada impide vaticinar que, acaso, ante un juicio como el que se sigue en Nueva York contra Nicolás Maduro Moros, y en el que el abogado Barry Pollack ha invocado ya la inmunidad de jefe de estado plenamente establecida por lo demás en la Ley de Inmunidad de Soberanías Extranjeras de los Estados Unidos, los ecos de un caso como el hoy olvidado de Jorge Dimitrov recobre actualidad y resonancia.
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