Doña Begoña Gómez, se ha negado a entregar el Pasaporte a la autoridad judicial, del Juez Peinado, que tuvo que recurrir a la Policía, para que esta señora, esposa del presidente del Gobierno, acatara esta orden de la autoridad competente.
Suponemos que los procesos judiciales en los que está inmersa la inquilina marital del Palacio de la Moncloa, están en un grado de avance importante, puesto que la retirada del Pasaporte, suele deberse a la sospecha de que existe un riesgo considerable de fuga, ya que se aproxima un probable fallo adverso para el reo, doña Begoña Gómez en este caso.
A día de hoy no tenemos constancia de que la Policía haya sido capaz de recopilar el Pasaporte exigido por el Juez, pero no nos importa tanto para llamar la atención sobre el desacato que se ha producido, ante la autoridad judicial, por parte de doña Begoña, que tenía el deber de acatar la orden del Juez, en el plazo legal conveniente, pero no lo ha hecho, sin alegar nada, lo cual, en lenguaje coloquial, se dice que «no le ha dado la gana».
Me parece que este hecho de burlar a la Justicia, es sumamente grave, puesto que lo sería de todos modos, aunque esta burla fuera cometida por un ciudadano «de a pié», pero se redobla la gravedad en el caso de doña Begoña Gómez, porque se trata de la mujer del presidente del Gobierno de España, que suele recibir el título de Primera Dama del país.
Las autoridades, en cualquier nación del llamado Primer Mundo, son las primeras que deben respetar las leyes y los mandatos judiciales, porque se trata de que den ejemplo al resto de la ciudadanía, ya que de las autoridades depende el equilibrio social, y el mantenimiento del orden público.
El ejemplo de la esposa de don Pedro Sánchez Pérez-Castejón, para nada ayuda a la paz social y a la concordia, e incita al amotinamiento de la población.
Ningún ciudadano español, está por encima de la Ley, y debe obediencia a los Jueces, y a las autoridades con potestad legal para ordenar lo que fuere, en relación, como en este caso, al desarrollo de un proceso judicial, dentro del cual la decisión de la judicatura es completamente legítima, máxime si no se ofrecen argumentos para justificar determinados comportamientos, dentro de los plazos legales, y en los términos establecidos desde el Ordenamiento Jurídico.
FRAN AUDIJE
Fotografía cortesía.
Madrid, España, 28 de enero del 2026
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