POR UN DESEMPEÑO Y RETIRO DIGNO. POLICÍA MICHOACÁN

5 de junio 2020.

SECRETARÍA DE SEGURIDAD PÚBLICA DEL ESTADO DE MICHOACÁN DE OCAMPO.

MTRO. ISRRAEL PATRÓN REYES.

SECRETARIO DE SEGURIDAD PÚBLICA.

     P R E S E N T E.

     Afín de reconocer el gran esfuerzo y sacrificio del personal Integrante de Seguridad pública, (POLICÍA MICHOACÁN), tenga a bien gestionar ante las instancias correspondientes la jubilación a los 25 años de servicio y retiro óptimo a los 15 años o más de servicio cuando estos hayan alcanzado la edad máxima de 55 años con fundamento en la ley del Sistema Estatal de Seguridad pública de Michoacán en sus artículos 144 y 166. Incisos D y E.

Reglamento del Servicio de Carrera Policial del Estado de Michoacán de Ocampo en sus artículos 11. Numeral 7 del Esquema de retiro Óptimo y 79. Incisos d y e.

Ya que en otros estados, Chihuahua, Baja California, Querétaro, Sonora, Jalisco y Sinaloa se lleva a cabo este procedimiento.

Fundamentos.

Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Michoacán de Ocampo.

Artículos 12 fracción III, V y XIII.14 ,17 fracción IV y 21.

Reglamento Interior de la Administración Pública Centralizada del Estado de Michoacán de Ocampo.

Artículos 11. fracción XII.

Artículos 1°,6° y 8° de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.


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