Denuncia de hechos contra el Presidente de Ecuador

El presente 22 de abril se presenta DENUNCIA DE HECHOS en contra de Daniel Roy Gilchrist Noboa Azin, Mónica Rosa Irene Palencia Núñez, María Gabriela Sommerfeld Rosero y quienes o quienes resulten responsables, por la comisión de hechos presuntamente constitutivos de delitos contra la seguridad de la nación.
Atilio Alberto Peralta Merino, Sergio Soto Nájera, Luis Gonzaga del Sagrado Corazón de María Agustín Benavides Ilizaliturri, Alfonso Basaldúa Silva y Manuel Senderos Bracamonte, presentan denuncia por escrito ante la delegación federal de la Fiscalía General de la República en Puebla.
Lo anterior con fundamento en lo dispuesto por los Artículos 4,123, fracción II, 126, 141,164, 189, 191 y demás relativos aplicables del Código Penal Federal; y asimismo en el Artículos 7, numeral 1 inciso e, 25, 27 del Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional del 17 de julio de 1998 signado de acuerdo a sus disposiciones tanto por el Estado Mexicano como por la República de Ecuador, en la inteligencia de que las disposiciones son invocadas como norma de derecho interno, en términos del artículo 133 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, toda vez que el instrumento en cuestión fue ratificado por el Senado de la Republica y publicado en el Diario Oficial de la Federación del 31 de diciembre de 2005 y no con miras a iniciar procedimiento ante la instancia supranacional conocida como Corte Penal internacional y a efecto de que con fundamento en el artículo 27 del Estatuto de Roma no puede invocarse el carácter de inmunidad de Jefe de Estado por parte del C. Daniel Roy Gilchrist Noboa Azin.

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