El convenio sobre el impuesto predial en Puebla

Alberto Peralta Merino
Ciudad de Puebla, Puebla, 28 de abril del 2026

La asignación de los dos fondos confirmados para fortalecer ingresos municipales que preve la Ley de Coordinación Fiscal de establecen en los términos del presupuesto de egresos de la federación sin que su asignación se encuentre subordinada a convenio alguno entre los municipios y la esfera estatal ( art 25 y 37 a 39 en lo conducente de la Ley de Coordinación Fiscal). En el supuesto de que un municipio no firmara el acuerdo y por ello pretendieran restringir el acceso a dichos fondos invocando una supuesta orden ejecutiva de hacienda, de cuya veracidad dudo dicho sea de paso, tendría vía expedita para solicitar dicho acceso vía controversia.
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